Convocatoria

CONVOCATORIA 2024-2025

La Fundación Antonio Gala convoca anualmente las plazas de alojamiento y manutención para jóvenes creadores de entre dieciocho y treinta años en lengua castellana. El objetivo fundamental de estas ayudas es formarlos en la idea de que todos deben enriquecerse con la convivencia, y que dentro de la Fundación pueden “vivir para trabajar sin tener que trabajar para vivir”, una idea del escritor Antonio Gala que se ha visto finalmente cumplida con la puesta en marcha del proyecto que lleva su nombre.

Hasta el día de hoy han pasado por la Fundación unos trescientos jóvenes creadores en veintiuna promociones.

El trabajo de los jóvenes creadores en la Fundación Antonio Gala está presidido por la libertad. No hay profesores que dirijan su actividad, sino que reciben eventualmente la visita de creadores ya consagrados que les orientan y aconsejan. Uno de los pilares de la Fundación Antonio Gala estriba en fomentar la convivencia entre los residentes y enriquecer cada uno su propia disciplina con la de los demás. Es esta “fecundación cruzada”, de la que habla Antonio Gala, la que debe presidir la vida diaria: los jóvenes se reúnen al final de la jornada para explicar sus avances, sus dudas, compartir sus experiencias y enriquecerse recíprocamente. De esta forma, el escritor aprende del músico, el músico del escultor, el escultor del pintor y así sucesivamente.

Convocatoria de plazas 2024/2025

La Fundación Antonio Gala para Jóvenes Creadores hace pública la XXIII Convocatoria Internacional de Ayudas a la Creación, que se regirá de acuerdo a las siguientes

Bases

 

  1. La finalidad de la presente convocatoria es apoyar y promover la labor creativa de jóvenes artistas en diferentes modalidades. Estas becas tienen como propósito principal la convivencia entre distintas ramas del mundo del arte y la cultura, fomentando así el enriquecimiento mutuo; es decir, la fecundación cruzada: soporte, esencia y fin de la Fundación Antonio Gala para Jóvenes Creadores.
  2. El objetivo es facilitar a jóvenes de prometedora trayectoria en sus respectivas disciplinas (narrativa, poesía, teatro, composición musical, pintura, escultura, fotografía, arquitectura…), el desarrollo de un proyecto de creación durante el curso académico 2024-2025.
  3. La Fundación Antonio Gala para Jóvenes Creadores, en adelante la Fundación, convoca para este mismo periodo y condiciones una plaza extraordinaria adicional a las anteriores, destinada a un investigador que proponga un proyecto sobre algún aspecto concreto de la obra y figura de Antonio Gala.
  4. Podrán optar creadores e investigadores de cualquier nacionalidad, con el requisito imprescindible de hablar español y tener entre 18 y 30 años, ambos inclusive, el último día del plazo de esta convocatoria.
  5. La beca incluye la estancia en la sede de la Fundación (Córdoba, España) de octubre de 2024 hasta mayo de 2025, con la excepción de dos semanas durante el periodo navideño (diciembre-enero) y los festivos de la Semana Santa, en que aquélla permanecerá cerrada.
  6. Durante el curso, los residentes se dedicarán exclusivamente al desarrollo del proyecto por el que fueron elegidos, y deberán, salvo causa excepcional y justificada, permanecer en la sede de la Fundación.
  7. Los residentes llevarán a cabo su proyecto sin profesores. Sin embargo, tendrán el asesoramiento de tutores especializados, eventualmente recibirán el apoyo de mentores de reconocido prestigio en las distintas áreas de la creación y mantendrán encuentros con creadores de las diferentes disciplinas. En el caso de la modalidad de Composición Musical, los residentes tendrán la oportunidad de contar con el apoyo de dos formaciones musicales de cuerda colaboradoras de la Fundación -el Cuarteto Jordán y la Camerata Gala-Fundación Antonio Gala- con el fin de poder trabajar y estrenar en un concierto en el periodo final de su estancia una parte o la totalidad del trabajo creado en la Fundación.
  8. El alojamiento y la manutención, así como el material y los espacios necesarios para que los residentes puedan desarrollar su labor creativa, correrán a cargo de la Fundación. El límite económico dedicado a material de trabajo de cada residente lo fijará la Dirección de la Fundación en función de la disponibilidad presupuestaria.
  9. La Fundación efectuará un seguimiento del cumplimiento de los objetivos de la beca, del desarrollo de cada proyecto y de las obligaciones de los beneficiarios relacionadas con su vida en la Fundación, y por ello se reserva el derecho de cancelar la beca a cualquier residente en el caso de que no se estén cumpliendo dichos objetivos y obligaciones.
  10. Las plazas convocadas son dieciocho (18), aunque la Fundación se reserva el derecho a adjudicarlas todas o solo parte de ellas.
  1. Los solicitantes no podrán presentarse a más de un campo de creación y, para ello, aportarán la siguiente documentación:
    • Ficha de inscripción debidamente cumplimentada.
    • Currículum artístico (especificar formación académica, becas disfrutadas en los tres últimos años, premios, publicaciones, exposiciones, cuentas en redes sociales, página web, blogs, etcétera).
    • Certificación académica en el caso de los músicos.
    • Fotocopia de algún documento oficial de identidad (DNI en el caso de los españoles, pasaporte o tarjeta de identidad para los demás).
    • Proyecto, en el que se hará constar el planteamiento general y desarrollo del trabajo y su sustentación. Los artistas plásticos deberán incluir una estimación de costes en Euros de su proyecto.
    • Documentación que crea necesaria para avalar su labor creativa, tales como obra publicada, books
    • Se valorará la presentación de cartas de referencia, bien de profesores universitarios o personas elegidas por su relación académica o profesional, los cuales deberán entregar los originales al solicitante en un sobre cerrado, que se adjuntará al resto de documentación. En el caso de que envíen la documentación por correo electrónico, las cartas irán en un PDF aparte.
    • Sobre con el franqueo correspondiente en caso de solicitar la devolución de la documentación.

    Las solicitudes procedentes de España enviarán su documentación en papel impreso, salvo aquella que por su naturaleza requiera otro tipo de soporte, a la dirección:
    “Convocatoria Internacional de Ayudas a la Creación 2024-2025”
    Fundación Antonio Gala para Jóvenes Creadores
    C/ Ambrosio de Morales, nº 20. 14003 Córdoba

    Las solicitudes procedentes de fuera de España lo pueden hacer de la misma forma que las anteriores, o bien presentar toda la documentación en PDF en la dirección convocatoria@fundacionantoniogala.org.

  2. El plazo de presentación de solicitudes quedará abierto desde el 1 de febrero hasta el 15 de abril de 2024.
  3. La Fundación pondrá la máxima atención en el cuidado de la documentación recibida, pero declina toda responsabilidad por extravíos, daños, robos o cualquier otro acto ajeno a su voluntad que se puedan producir durante su transporte, recepción, depósito o devolución.
  4. Transcurridos tres meses desde la publicación de la lista definitiva de los seleccionados se procederá a la destrucción de los documentos que no hayan sido requeridos.
  5. La selección de los candidatos y la entrevista final serán realizadas por miembros del Patronato de la Fundación, expertos en las distintas áreas de creación, entre los meses de mayo y junio de 2024. En el caso de los residentes en el extranjero, las entrevistas se realizarán por videoconferencia si fuera posible, o por teléfono.
  6. La relación definitiva de seleccionados aparecerá publicada en la página web www.fundacionantoniogala.org en la primera quincena de julio de 2024. La Fundación únicamente publicará dicha relación, por lo que no mantendrá ningún tipo de contacto con aquellos candidatos que no hayan sido seleccionados.
  7. Los beneficiarios de la beca deberán firmar un compromiso en el que se recoge el reglamento de la Fundación, que incluye el uso de las instalaciones, materiales y las normas de convivencia.
  8. La participación en esta Convocatoria implica la aceptación de todas y cada una de sus bases. La falsedad de los datos registrados en los formularios de solicitud y/o documentación adicional, así como la realización de actuaciones lesivas para los intereses de la Fundación será sancionable con la exclusión de los interesados.

Cualquier aclaración sobre aspectos no previstos en estas bases se atenderá en el teléfono (+34) 957487395 o en el correo electrónico info@fundacionantoniogala.org.

INFORMACIÓN BÁSICA SOBRE PROTECCIÓN DE DATOS DE ACUERDO AL REGLAMENTO GENERAL DE PROTECCIÓN DE DATOS

De conformidad con el artículo 13 de la sección 2 del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos, le informamos que el responsable del tratamiento es la Fundación Antonio Gala para Jóvenes Creadores, con CIF G-82670985, que dicho tratamiento se lleva a cabo con la finalidad de la gestión de la actividad de los jóvenes creadores que forman las distintas promociones, análisis de las posibles incorporaciones a la Fundación y divulgación de su actividad. La base legal que permite legitimar este tratamiento es el consentimiento expreso otorgado por usted como interesado. Puede usted acceder, rectificar y suprimir sus datos, así como ejercitar otros derechos, dirigiéndose por escrito al email info@fundacionantoniogala.org. Puede usted obtener información ampliada sobre protección de datos solicitándola al email info@fundacionantoniogala.org.

  • Usted autoriza a la totalidad de usos que puedan tener sus imágenes, o partes de las mismas, en las que aparezca como residente, utilizando los medios técnicos conocidos en la actualidad y los que pudieran desarrollarse en el futuro, y para cualquier aplicación.

Si autoriza este tratamiento indíquelo marcando la siguiente casilla LI

Descargar PDF con estas bases.

Descargar ficha de inscripción.